Decreto vigente

Juego on-line reglamentado por el Poder Ejecutivo en la provincia

Juego on-line reglamentado por el Poder Ejecutivo en la provincia

Se regulan las apuestas y pronósticos deportivos, carreras de caballo, juegos lotéricos y apuestas sobre juegos o eventos desarrollados en plataformas virtuales. Los menores de edad no podrán apostar y se creará un registro de “autoexcluidos”
Se regulan las apuestas y pronósticos deportivos, carreras de caballo, juegos lotéricos y apuestas sobre juegos o eventos desarrollados en plataformas virtuales. Los menores de edad no podrán apostar y se creará un registro de “autoexcluidos”

Por medio del decreto Nro. 562 firmado el pasado 30 de abril, el Poder Ejecutivo reglamentó la ley que habilita el juego online en la provincia. La norma había sido sancionada el 14 de diciembre de 2023, a sólo días de la asunción de Maximiliano Pullaro como gobernador. De ese modo, se convalidó una habilitación que hasta el momento había sido concedida por su antecesor, Omar Perotti, a través de un decreto.

En el decreto en cuestión, la Provincia destaca que la regulación de la actividad de juegos de azar, apuestas y pronósticos deportivos en línea tienen la finalidad de “garantizar el orden público; erradicar el juego ilegal y promover el juego legal responsable con fines recreativos, salvaguardando los derechos de quienes participen en ellos, cuidando y protegiendo a los usuarios, tratando de minimizar los riesgos de adicción”

Para esto, el Gobierno establece que la Lotería de Santa Fe, que será la autoridad de aplicación, “deberá arbitrar los mecanismos necesarios y oportunos para preservar que los montos que se apuestan en los juegos en línea puedan ser supervisados debidamente, asegurando la percepción de tributos y canon, evitando así que su destino sean otras jurisdicciones y/u operadores no autorizados”.

En cuanto a los operadores autorizados, el Ejecutivo confirmó que seguirán siendo los casinos quienes mantengan el monopolio de las apuestas online en la provincia. Pero abren la posibilidad a que la Lotería santafesina pueda crear su propia plataforma o hacer un llamado a licitación para sumar nuevos licenciatarios, estableciendo plazos de concesiones y canon a cobrar.

Las actividades habilitadas para apostar de forma virtual en el territorio santafesino son: los juegos de azar, apuestas deportivas, carreras de caballo, juegos virtuales y otros eventos que sean habilitados por la autoridad de aplicación. Mientras que seguirán terminantemente prohibidas las apuestas de actividades contrarias a la ley o atenten contra la dignidad, el honor, la intimidad o la propia imagen de las personas, vulnere los derechos de la niñez, adolescencia o juventudes; o implique, promueva o tolere conductas violentas, ofensivas o discriminatorias.

Mientras tanto, quedarán fuera de esta regulación las apuestas que se realizan de forma presencial en las agencias de Lotería habilitadas, salvo que la Lotería de Santa Fe decida digitalizar sus actividades.

Sobre quiénes pueden ser apostadores, la reglamentación aclara como principal requisito ser mayor de edad y no estar incapacitado legalmente por resolución judicial. Con esto se busca dejar en claro que los adolescentes menores de 18 años no están autorizados a jugar y que los casinos online que les permiten jugar están cometiendo un hecho ilícito.

Tampoco pueden participar de las apuestas los accionistas o propietarios de las licencias ni los empleados directamente involucrados en el desarrollo de los juegos, así como sus cónyuges o personas con las que convivan. Lo mismo pasa con los deportistas, entrenadores, jueces u otros participantes directos en el acontecimiento o actividad deportiva sobre la que se realiza la apuesta.

Actividades habilitadas para las apuestas online
*Eventos Deportivos: abarca los pronósticos sobre el resultado de uno o varios eventos deportivos incluidos en los programas previamente establecidos por el operador de juego, o sobre hechos o circunstancias que formen parte o se desarrollen en el marco de tales eventos o competiciones deportivas y que hayan sido previamente establecidos en el correspondiente programa por el operador de juego.

*La Lotería de Santa Fe será quien apruebe y publique el catálogo de deportes, competiciones y eventos autorizados que podrán ser incluidos por los operadores en sus programas de apuestas.

*Apuestas sobre otros eventos: consiste en un concurso de pronósticos sobre el resultado de uno o varios eventos reales distintos de las apuestas deportivas e hípicas incluidos en los programas previamente establecidos por el operador.

*Apuestas Hípicas: es el concurso de pronósticos sobre el resultado de una o varias carreras de caballos incluidas en los programas previamente establecidos por el operador de juego, o sobre hechos o circunstancias que formen parte o se desarrollen en el marco de tales carreras y que hayan sido previamente establecidos en el correspondiente programa por el operador.

*En ningún caso podrán ser objeto de estas apuestas, eventos en los que participen otros animales distintos a los caballos.

El objetivo de la apuesta hípica consiste en el acierto del pronóstico formulado sobre el resultado de una o varias carreras de caballos incluidas en los programas previamente establecidos por el operador de juego, o sobre hechos o circunstancias que formen parte o se desarrollen en el marco de tales eventos o competiciones y que hayan sido previamente establecidos en el correspondiente programa por el operador del juego.

Tipos de apuestas autorizadas
Contrapartida: es la apuesta deportiva en la que el participante apuesta contra el operador de juego, obteniendo derecho a premio en el caso de acertar el pronóstico sobre el que se apuesta, y siendo el premio el resultante de multiplicar el importe de la participación por el coeficiente que el operador haya validado previamente para el pronóstico realizado.

Apuesta mutua: son las apuestas en la que un porcentaje de la suma de las cantidades apostadas, previamente establecido en las reglas básicas del juego, se distribuye entre aquellos participantes que, de conformidad con el programa de premios, hubieran acertado el resultado del evento deportivo o el hecho o circunstancia del evento sobre el que recaen las apuestas
Apuesta simple: es aquel pronóstico que se realiza sobre un único resultado de un único evento deportivo.

Apuesta múltiple: se entiende por apuesta deportiva múltiple, el pronóstico que se realiza simultáneamente sobre dos o más resultados de un acontecimiento deportivo.

Combinada: se entiende por apuesta deportiva combinada, el pronóstico que se realiza simultáneamente sobre los resultados de dos o más acontecimientos deportivos.

Convencional: es aquella clase de apuesta cuyo plazo para ser realizada deberá estar cerrado con anterioridad a que el evento deportivo se inicie. En el caso de apuestas múltiples o combinadas, el plazo de realización deberá estar cerrado con anterioridad a que se celebre el primer evento por orden cronológico de los contenidos en la apuesta.

En directo: es aquella clase de apuesta que se realiza durante el tiempo de celebración del evento deportivo sobre el que se basa, bien durante su totalidad o bien durante la parte del mismo que establezca el operador en su programa de apuestas.

Premios
Los premios de las apuestas deportivas se determinan por el resultado de los eventos deportivos establecidos en el programa de apuestas. Se entenderá que una apuesta deportiva ha resultado premiada cuando los pronósticos contenidos en la misma coincidan con el resultado considerado válido, de conformidad con las reglas particulares del juego y del catálogo de premios contenido en el mismo.

La reglamentación también rige para los apostadores que, sin tener domicilio en la provincia, estén físicamente en ésta. “Podrán efectuar apuestas siempre que la carga del crédito para tal fin se efectúe en las agencias o locales que determine la autoridad de aplicación o bien que pueda ser identificado su lugar de ubicación mediante geolocalización”.

Canon que recibirá la Provincia por habilitar el juego online y el destino de estos fondos

En el proyecto aprobado en la Legislatura se fijaba como mínimo un 15% de los ingresos brutos obtenidos por las empresas que exploten la actividad y un plazo de pago no mayor a los diez días hábiles del mes siguiente. Esto fue modificado en el decreto reglamentario que dejó atado el tributo a pagar por estas empresas a lo acordado previamente (en el caso de las concesiones activas) y a lo que se establezca en los pliegos licitatorios de las nuevas firmas que puedan sumarse.

El 50% de lo recaudado por el juego online tendrá que destinarse a la Agencia de Prevención de Consumo de Drogas y Tratamiento Integral de las Adicciones (AAprecod);

El 10% para el programa provincial de Seguridad de Eventos Deportivos Masivos, el que deberá ser destinado a la adquisición de herramientas y/o dispositivos tecnológicos; El 10% para el Ministerio de Educación; El 10% para el Ministerio de Desarrollo Humano; El 10% para el Ministerio de Salud el que deberá ser destinado a la subsecretaría de Salud Mental; El 10% para la Secretaría de Deportes que deberá ser destinado al Fondo Provincial del Deporte (Fo.Pro.De.)