San Lorenzo

La Justicia de San Lorenzo lo dejó sin teléfono y sin Turismo de Carretera por no pagar la cuota alimentaria

La Justicia de San Lorenzo lo dejó sin teléfono y sin Turismo de Carretera por no pagar la cuota alimentaria

Tribunas del Turismo de Carretera
El juez de Familia de San Lorenzo, Marcelo Escola, aplicó sanciones ejemplares a un hombre que incumple con la manutención de su hija. Le bloquearon el teléfono, las cuentas bancarias, el registro de conducir y le prohibieron participar en competencias automovilísticas

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El juez de Familia de San Lorenzo, Marcelo Escola, aplicó sanciones ejemplares a un hombre que incumple con la manutención de su hija. Le bloquearon el teléfono, las cuentas bancarias, el registro de conducir y le prohibieron participar en competencias automovilísticas

La Justicia de Familia de San Lorenzo impuso una serie de medidas ejemplificadoras contra un hombre que adeuda la cuota alimentaria de su hija. El juez Marcelo Escola ordenó la suspensión inmediata de su línea telefónica celular, el bloqueo de sus cuentas bancarias y la retención del carné de conducir, además de prohibirle salir del país y participar en competencias automovilísticas.

La resolución judicial, a la que accedió Tiempo de Justicia, dispuso que las empresas de telefonía suspendan de manera inmediata cualquier línea a nombre del deudor y que informen su cumplimiento al tribunal en un plazo máximo de 48 horas. Asimismo, se les prohíbe renovar o habilitar una nueva línea a su nombre.

Entre las sanciones impuestas, también se ordenó el bloqueo de la cuenta bancaria del demandado hasta que cumpla con el pago de la cuota alimentaria, la suspensión de su carné de conducir y su inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. Además, el juez prohibió su salida del país y ofició a las federaciones de automovilismo de Santa Fe, Buenos Aires y Córdoba para notificar que el hombre no podrá asistir como espectador ni participar en competencias del rubro.

La madre de la niña, patrocinada por las abogadas Florencia Formini y Luisina Flores Piazza, denunció el incumplimiento de la obligación alimentaria, que había sido fijada en el 100% de la canasta de crianza del INDEC para niños de entre 6 y 12 años. En su presentación, la mujer, actualmente desempleada, relató que el progenitor trabaja en un taller mecánico y participa activamente en competencias automovilísticas, incluso estaría por adquirir un vehículo para correr.

La Defensora General que intervino en la causa subrayó que el incumplimiento “compromete directamente el bienestar de la menor beneficiaria de la cuota alimentaria”, y que no es necesario esperar la inscripción en el Registro de Deudores para disponer medidas restrictivas.

En su resolución, el juez Escola fundamentó la decisión en la necesidad de asegurar la tutela judicial efectiva frente a un derecho humano fundamental: “El derecho al alimento hace ni más ni menos que a la propia vida, la salud y el desarrollo integral de la hija de las partes”, señaló.

El magistrado citó además jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que sostiene que cuando está en juego el interés superior del niño, los jueces deben “buscar soluciones que se avengan con la urgencia y la naturaleza de las pretensiones, encauzar los trámites por vías expeditivas y evitar que el rigor de las formas pueda frustrar derechos que cuentan con particular tutela constitucional”.

Con esta resolución, el Juzgado de Familia de San Lorenzo sienta un precedente firme en la provincia en cuanto al uso de sanciones coercitivas no tradicionales para garantizar el cumplimiento de las obligaciones parentales, reafirmando el compromiso judicial con la protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

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