La sentencia fue dictada por el tribunal integrado por los jueces Eugenio Romanini, Marisol Usandizaga y Gabriel Fajardo, quienes lo encontraron culpable de tres hechos de homicidio calificado criminis causa en calidad de autor.
La investigación, encabezada por la fiscal Luisina Paponi, permitió reconstruir una trama marcada por el engaño, la codicia y una violencia extrema.
Según la acusación, todo comenzó el 12 de enero de 2024. Santiago Ochoa había entregado semanas antes $891.000 a Alexis L., quien le prometió una operación de cambio de moneda extranjera que le permitiría obtener dólares y una ganancia adicional. Esa noche, acompañado por su compañero de trabajo Emiliano Saucedo, concurrió a la vivienda del acusado, ubicada sobre calle 13 de Marzo al 300 de Capitán Bermúdez, para retirar el dinero acordado, que con intereses ascendía a $1.265.000.

La reunión nunca terminó como esperaban
De acuerdo con la reconstrucción realizada durante el juicio, una vez dentro de la vivienda ambos fueron atacados brutalmente con una maza de tres kilogramos y posteriormente apuñalados con una cuchilla Tramontina. Los dos murieron a causa de graves lesiones cervicales provocadas por arma blanca, en un contexto de severos traumatismos de cráneo.
La secuencia criminal no terminó allí
Horas más tarde, minutos antes de la medianoche, Eber Ramos llegó al mismo domicilio para retirar 4.000 dólares que el acusado le había prometido a cambio de los $4.400.000 que había entregado ese mismo día. Había concurrido junto a Luciano Palacios para concretar la operación.
Según acreditó la Fiscalía, una vez que Ramos quedó a solas con Alexis L., fue atacado con la misma metodología: golpes con una maza y heridas cortantes provocadas con un cuchillo de mango de madera. Las lesiones le ocasionaron la muerte en el lugar.
Para la acusación, los asesinatos tuvieron una finalidad concreta: apoderarse del dinero que las víctimas habían entregado bajo la promesa de recibir dólares estadounidenses.
La figura de homicidio criminis causa aplicada en el caso contempla aquellos crímenes cometidos para facilitar, consumar u ocultar otro delito. En este expediente, la Fiscalía sostuvo que los homicidios fueron ejecutados para concretar el desapoderamiento del dinero y garantizar la impunidad del autor.
Un cómplice ya condenado
En el marco de la misma causa, Luciano Palacios fue condenado el 18 de noviembre de 2025 mediante un procedimiento abreviado.
La Justicia le impuso una pena de seis años de prisión efectiva por los delitos de encubrimiento por favorecimiento real y receptación dolosa agravada, al considerar acreditada su intervención posterior a los homicidios y su colaboración para ocultar elementos vinculados al hecho.
Con la sentencia dictada este martes, la Justicia puso fin al proceso principal por un caso que generó una profunda conmoción en Capitán Bermúdez y toda la región, no sólo por la cantidad de víctimas sino también por la mecánica utilizada para captar a las personas mediante falsas promesas de inversión antes de asesinarlas para quedarse con su dinero.









