A raíz del decreto del presidente Javier Milei, que incluyó la posibilidad de que los clubes – que así lo decidan- se puedan convertir en Sociedades Anónimas Deportivas (SAD), se abre así una oportunidad para que puedan ser adquiridos, y esto ha sido aprovechado por el club de Londres, cuyas autoridades ya analizan distintas opciones
En el artículo 19 bis de la legislación, de ahora en más, se indica que “se considera asociaciones civiles deportivas integrantes del Sistema Institucional del Deporte y la Actividad Física, a las:
a) Personas jurídicas previstas en el artículo 168 del Código Civil y Comercial de la Nación, que tienen como objeto la práctica, desarrollo, sostenimiento, organización o representación del Deporte y la actividad física, de acuerdo con los principios generales enunciados en el capítulo 1 de la presente Ley, y reúnen las características que se indican en los artículos 20 y 20 bis;
b) Personas jurídicas constituidas como sociedades anónimas reguladas en la sección V de la ley 19.550 y sus modificatorias, que tienen como objeto social la práctica, desarrollo, sostenimiento, organización o representación del Deporte y la actividad física, de acuerdo con los principios generales enunciados en el capítulo 1 de la presente Ley”.
“El Chelsea está listo para investigar a los clubes argentinos mientras buscan su próximo club alimentador