Consultá aquí dónde votar en las elecciones presidenciales

La Cámara Nacional Electoral puso a disposición el padrón para que cada ciudadano pueda saber dónde vota y en qué mesa emitirá su voto.


La Cámara Nacional Electoralrecordó a la ciudadanía que para anticipar contratiempos a la hora de emitir el sufragio el próximo domingo, se puede consultar elpadrón para conocer el lugar y la mesa de votación para las elecciones presidenciales.

El padrón se podrá acceder a través de las paginas webs y www.padron.gob.ar y www.electoral.gov.ar, por teléfono al 0800-999-7237 o personalmente en la Secretaría Electoral de cada distrito. Asimismo, se puede consultar en el formulario a continuaciónprovisto por la Justicia Electoral.

La Cámara informó que «no se permitirá el voto de ciudadanos cuyo documento corresponde a un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral».
Las elecciones generales del 25 de octubre servirán a nivel nacional para elegir en total apresidente y vicepresidente, 24 senadores, 130 diputados nacionales y 43 legisladores del Parlasur. Según figura en el padrón electoral, están habilitados para votar un total de 32.037.323 argentinos, para quienes el voto es obligatorio.

Las personas que no hayan sufragado en las primarias del 9 de agosto y que figuren en el registro de infractores (que se puede chequear en infractores.padron.gov.ar) no pierden su derecho ni su obligación de participar en los comicios del 25.

Los comicios presidenciales se desarrollarán de 8 a 18 y tienen la obligación de votar todos los ciudadanos argentinos nativos, por opción o naturalizados, mayores de 18 años y los menores de 70. En cuanto a los menores de edad, están habilitados para votar 875 mil jóvenes mayores de 16, incluidos aquellos que cumplirán años el mismo día de los comicios, siempre que hayan realizado la actualización de su documento de identidad antes del 28 de abril, cuando cerró el padrón provisorio.

 

 

El día de la votación, el elector deberá presentarse con el último DNI que haya tramitado, sea documento libreta verde o celeste, libreta cívica, de enrolamiento o el nuevo DNI tarjeta. Si el elector no puede asistir el 25 a las urnas, su inasistencia sólo estará justificada en caso de enfermedad, causas de fuerza mayor o distancia geográfica y esto debe certificarse dentro de los sesenta días de efectuada a la elección.

G

Comentarios