San Lorenzo

Fallo judicial: quedó fija la cuota alimentaria de $500.000 a los padres de un adolescente en situación de abandono

Fallo judicial: quedó fija la cuota alimentaria de $500.000 a los padres de un adolescente en situación de abandono

Marcelo Escola, juez a cargo de la resolución judicial.
El juez de Familia de San Lorenzo, Marcelo Escola, resolvió fijar una cuota alimentaria provisoria del 30% de los ingresos de los progenitores, equivalente a $515.984 mensuales, en favor de un adolescente en situación de vulnerabilidad que actualmente se encuentra alojado en un Centro Residencial, bajo una medida de protección excepcional dictada por la Delegación Regional San Lorenzo de Niñez, Adolescencia y Familia

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El juez de Familia de San Lorenzo, Marcelo Escola, resolvió fijar una cuota alimentaria provisoria del 30% de los ingresos de los progenitores, equivalente a $515.984 mensuales, en favor de un adolescente en situación de vulnerabilidad que actualmente se encuentra alojado en un Centro Residencial, bajo una medida de protección excepcional dictada por la Delegación Regional San Lorenzo de Niñez, Adolescencia y Familia

La decisión judicial se tomó luego de que la delegada regional, María Florencia Biré, solicitara al tribunal que se adopte esta medida como “complementaria”, tras constatarse el incumplimiento de los deberes de responsabilidad parental y la grave negligencia de los padres, que colocaron al adolescente en una situación de abandono y riesgo.

En su presentación, el organismo de protección advirtió que los progenitores, aún estando al tanto de la situación de su hijo, no adoptaron ninguna acción para revertirla y demostraron “una clara desafección hacia la situación personal del adolescente”.

El juez Escola hizo lugar al pedido y ordenó que la cuota alimentaria se retenga sobre los salarios, aguinaldos, horas extras, premios, indemnizaciones o cualquier otro emolumento que perciban los padres, más el 100% de las asignaciones familiares. Además, el monto se actualizará mensualmente conforme a las variaciones de la Canasta Básica de Crianza.

La resolución fue calificada como “novedosa y ejemplar”, ya que sienta un precedente en materia de tutela judicial efectiva, al reafirmar que los progenitores no pueden sustraerse de sus obligaciones parentales cuando han sido responsables de exponer a sus hijos a situaciones de vulneración y cuentan con capacidad económica para sostenerlos.

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