Es oficial la expropiación de la ex Ciccone

El Ejecutivo publicó en el Boletín Oficial la promulgación de la ley, que fue sancionada por Diputados la semana pasada.


El proceso de expropiación de la ex Ciccone dio hoy su último paso con la promulgación de la ley en el Boletín Oficial por parte del Poder Ejecutivo Nacional.

Se trata de la ley 26.761 que, trámite exprés mediante, el miércoles pasado sancionó la Cámara de Diputados y que quedó promulgada a través del decreto 1482/2012 que lleva las firmas de la presidenta Cristina Kirchner, el jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina y el ministro de Economía, Hernán Lorenzino.

En su artículo 1, la ley declara de utilidad pública y sujeta a expropiación a la Compañía de Valores Sudamericana S.A., y establece que «actuará como expropiante el organismo que designe a tal efecto el Poder Ejecutivo Nacional».

Luego, en el artículo 2, indica que «el precio de los bienes sujetos a expropiación se determinará conforme lo previsto en el artículo 10 y concordantes de la ley 21.499, debiendo el Tribunal de Tasaciones de la Nación efectuar la tasación de los mismos».

«La suma que eventualmente deba abonarse en cumplimiento del proceso expropiatorio será pagada ‘hasta el monto correspondiente si excediera el de la tasación’ con la deuda que Compañía de Valores Sudamericana S.A. registre ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), organismo actuante en el ámbito del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas», agrega el artículo 3.

En tanto, el artículo 4 señala: «Una vez culminado el proceso de expropiación, la totalidad de los bienes pasarán a integrar el patrimonio de la Sociedad del Estado Casa de Moneda».

En ese marco, el artículo 5 especifica que el personal de Compañía de Valores Sudamericana S.A. «será transferido a la Sociedad del Estado Casa de Moneda, conservando todos los derechos laborales adquiridos».

«Para garantizar la continuidad de las actividades que realiza la empresa, el mantenimiento de las fuentes laborales y el resguardo de sus bienes, el Poder Ejecutivo Nacional a través del organismo que designe, en los términos de los artículos 57 y 59 de la ley 21.499, ejercerá desde el momento de la entrada en vigencia de la presente ley todos los derechos que la titularidad de dichos bienes le confieren», añade el texto en el artículo 6.

Finalmente, en el artículo 7 de la norma se fija que la ley 26.761 «es de orden público y entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial», es decir, hoy mismo.

Comentarios