La pulseada paritaria en el complejo agroexportador del Cordón Industrial ingresó en una fase de máxima tensión técnica y argumental. Mientras rige la conciliación obligatoria dictada por la Secretaría de Trabajo tras las últimas medidas de fuerza, la Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines de la República Argentina pateó el tablero de la discusión pública al difundir un pormenorizado informe que desarma, peso por peso, cómo se compone el salario mínimo, vital y móvil que pretenden conseguir en esta negociación.
El documento gremial sale a cruzar de manera directa la postura de la Cámara de la Industria Aceitera de la República Argentina (CIARA), que congeló las negociaciones con un ofrecimiento del 0% de aumento. Ante esto, la Federación y el Sindicato de Obreros y Empleados Aceiteros (SOEA) de San Lorenzo ratificaron el reclamo de una recomposición salarial del 20%, lo que elevaría el básico inicial a $2.802.754.
El dato más contundente que arroja la publicación sindical es que este monto no está pensado para un jefe de hogar con cargas familiares, sino que está calculado para un trabajador o una trabajadora soltera, sin familia. El objetivo es demostrar científicamente que ese ingreso es el mínimo indispensable para garantizar las 9 necesidades básicas que dictan el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y el artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo (Nº 20.744).
El desglose de las 9 necesidades básicas de la familia aceitera
Para justificar la cifra ante la cartera laboral y las empresas del crushing, el gremio publicó la estructura de costos mensuales que requiere un operario para vivir dignamente en la región, ordenada bajo los siguientes conceptos:
- 1. Alimentación adecuada: $585.285
- 2. Vivienda digna: $549.525
- 3. Educación: $170.675
- 4. Vestuario: $143.002
- 5. Esparcimiento: $175.828
- 6. Transporte: $353.098
- 7. Vacaciones: $222.833
- 8. Asistencia sanitaria: $284.187
- 9. Previsión: $364.358
Monto Total Pretendido: $2.802.754
El amparo legal: Constitución Nacional y Ley de Contrato de Trabajo
La estrategia de los paritarios aceiteros consiste en desplazar la discusión de la mera “indexación por inflación” del INDEC para enfocarla en el derecho constitucional. Los asesores legales de la Federación recuerdan en la publicación que el salario debe asegurar por ley la cobertura de la totalidad de estas necesidades.
La paritaria continuará bajo la lupa del Ministerio y las bases fabriles, que ya advirtieron que la tregua legal de la conciliación obligatoria solo pospuso un conflicto que volverá a las puertas de las terminales portuarias si el sector empresarial insiste en no mover el marcador del 0% de aumento frente a esta detallada realidad del costo de vida.







