En un nuevo paso hacia la eficiencia logística, la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) derogó oficialmente la Disposición N° 21/23, que exigía habilitaciones específicas para empresas que realizan transbordos fluviales de buque a buque (ship to ship) en aguas nacionales. La medida, oficializada mediante la Resolución 34/2025, entró en vigencia hoy con su publicación en el Boletín Oficial.
La normativa previa, emitida en octubre de 2023, había generado importantes demoras y rigideces operativas en el sector portuario, afectando especialmente al comercio exterior argentino. Desde la industria se venía reclamando una revisión por considerar que los procedimientos burocráticos adicionales no aportaban beneficios reales y afectaban la competitividad frente a países vecinos como Paraguay, Brasil y Uruguay, donde rigen sistemas más flexibles.
El transporte fluvial, especialmente a través de la estratégica Hidrovía Paraná-Paraguay, es clave para las exportaciones argentinas, movilizando más del 80% de las cargas que salen del país. La nueva medida apunta directamente a optimizar estas operaciones, agilizando tiempos y reduciendo costos operativos.
Desde la ANPYN destacaron que la eliminación de esta norma no implica retrocesos en seguridad ambiental ni operacional. Las operaciones seguirán siendo monitoreadas por la Prefectura Naval Argentina conforme a los protocolos nacionales e internacionales vigentes.
Este cambio forma parte de una reestructuración mayor en el sistema portuario nacional, donde la ANPYN asumió desde enero de 2025 las funciones anteriormente desempeñadas por la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables y la disuelta Administración General de Puertos.

La nueva política busca priorizar la eficiencia operativa y una mayor competitividad del sector fluvial, esenciales para fortalecer el posicionamiento de Argentina en el comercio exterior global.