La medida, anunciada ayer en un encuentro que el presidente Alberto Fernández mantuvo con el vicepresidente del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), Rodolfo Acerbi, y el coordinador nacional del Programa Protenencia, Juan Enrique Romero, fue dispuesta a través del decreto 185/2023.
La normativa, publicada en el Boletín Oficial, modifica la reglamentación de la Ley 17.565, que regula el ejercicio de la actividad farmacéutica, entre otros aspectos.
De esta forma, se faculta “a los directores técnicos y a las directoras técnicas de las farmacias a admitir y dispensar recetas extendidas por todo médico veterinario matriculado o toda médica veterinaria matriculada ante la autoridad jurisdiccional competente según lo establezca la normativa vigente”.