El debate sobre el funcionamiento del Juzgado de Familia de San Lorenzo durante los años de gestión del exjuez Marcelo Escola sigue sumando aristas. Tras revelarse en el streaming Expediente 24 que durante mucho tiempo se emitieron sentencias definitivas sin convocar testigos ni producir pruebas, el Dr. José Luis Moreno aportó una mirada técnica letal sobre el rol y la responsabilidad de los propios abogados que hoy se quejan de las nuevas exigencias de mediación obligatoria.
Para el presidente del Instituto de Mediación del Colegio de Abogados de Rosario, las quejas actuales del foro local chocan de frente con la pasividad que los mismos profesionales mostraron durante años. “Lo que pasa es que esa parte que se desvirtuó procesalmente, creo que se naturalizó. Y al naturalizarse, ahora puede ser un poco chocante o reticente, pero hay una ley provincial y es obligatoria”, definió de entrada.
Durante la entrevista, el Dr. Moreno puso el foco en la verdadera razón por la cual los abogados no se oponían a esta falta de producción de pruebas: el factor económico. El especialista expuso que estas sentencias “exprés” traían implícita la regulación de honorarios al 100% (el máximo de la escala de primera instancia), lo que desincentivaba a los profesionales a apelar los fallos y los empujaba a convalidar las irregularidades.
Ante este escenario, Moreno fue categórico y despejó el victimismo de un sector de la abogacía: “Si los letrados se quejan, tienen todas las herramientas para haber podido atacar esa sentencia. O sea, no es que estaban atados de pies y manos”.
El costo de apelar y la decisión de los profesionales
Moreno profundizó en la mecánica de los honorarios y cómo sostuvo este “atajo” judicial durante años. Explicó que si un abogado observa que “se violaron todos los derechos constitucionales y procesales” de su cliente en una sentencia sin pruebas, tiene a disposición recursos de nulidad, reposición o apelación ante la Cámara. Sin embargo, recurrir implica mayores costos y riesgos que muchos prefirieron evitar.
“Cuando uno pierde una instancia judicial sustanciada (donde se produjo la prueba), va la escala al 100% de los honorarios regulados por Caja Forense. Lo que hay que comunicarle al cliente es que si apela a la Cámara y pierde, aparte de esos 100 se transforman en un 150. Es un 50% más de honorarios”, detalló el abogado.
En la visión de Moreno, la decisión de frenar el proceso, conformarse con los honorarios pautados y convalidar un proceso defectuoso, dependió siempre de la relación entre el profesional y su cliente, priorizando en muchos casos la rentabilidad rápida y segura. “Todo tiene un costo y lo tiene que afrontar esa parte. Eso está en cada uno de los profesionales”, concluyó.







