El Poder Ejecutivo oficializó una decisión que ya había sido adelantada tiempo atrás: la creación del Registro de Comercializadores de Bienes Usados no Registrables”. Según el texto de la norma, el nuevo régimen apunta a la “correcta individualización” de quienes intervienen en ese tipo de operaciones.
Junto a la creación del registro, se dispuso incorporar las operaciones que realicen los agentes que realicen actividades de compraventa de bienes no registrables, ya sean de origen nacional o importados, en forma “habitual, frecuente o reiterada”, la cual será evaluada a través ciertos criterios. El registro abarca a quienes realicen al menos cinco operaciones por mes por un monto mínimo total de 5000 pesos.
La resolución establece la carga sobre los agentes para que actúen como agentes de recepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que varía entre 6 y 21% de acuerdo al tipo de operaciones.
Si bien la reglamentación tiene un fin recaudatorio, los nuevos controles de la AFIP buscan acorralar a quienes se dedican a la venta de bienes robados, quienes ahora encontrarán nuevos límites a su actividad ilícita, ya que el registro impone que se suministre información detallada de cada operación realizada.
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