Administración Fraudulenta y Lavado de activos

La Cámara Federal ratificó cargos contra el «Clan Juárez»

El fallo fue emitido por la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín complicando al ex Presidente de la Cooperativa sus hijos y un colaborador cercano.


Los socios se adelantaban a la justicia con el cartel Juárez "Choro"

En el día de hoy se conoció una resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín sobre la causa que involucra a Herme Juárez quien fuera detenido el 1 de agosto de 2019 en un megaoperativo policial.

Los camaristas Alberto Lugones, Marcos Moran y Juan Pablo Salas resolvieron el procesamiento de Herme Oscar Orlando Juárez, Oscar Juárez y Daniel Gustavo Badía, en orden al delito de administración fraudulenta en perjuicio de Cooperativa de Trabajos Portuarios Ltda. San Martín. Decretando también los procesamientos de Paola Juárez y Mariana Juárez por el delito de lavado de activos de origen ilegal.

Del expediente surgen la utilización de empresas de transporte, seguridad privada y comida para abultar gastos que suponen un retorno de dinero al seno del clan familiar, como así también la compra de autos de alta gama y campos a nombre de la Cooperativa usufructuados por la familia Juárez.

La resolución cuenta los detalles de la administración fraudulenta «En efecto, merced a las diligencias de investigación realizadas en autos y las constancias colectadas hasta el momento, se habrían detectado una serie de maniobras en la administración de la Cooperativa de Trabajos Portuarios Ltda. San Martín, destinadas a obtener ilícitos ingresos personales, en perjuicio del ente de existencia ideal y sus socios.

Por otro lado queda registrado la falta de distribución de ganancias de la Cooperativa «Se hizo constar que “registra un alto nivel de superávit -recursos excedentes-, lo cual resulta extralimitado considerando el carácter de la figura cooperativista, que por su naturaleza
organizacional y jurídica no debería perseguir fines de lucro. Para ilustrar esto, basta con hacer referencia al balance presentado en el año 2016 en el cual se declara la obtención de ingresos por $1.343 millones con un resultado excedente de $672 millones. De dicho excedente, $444 millones corresponden justamente a prestación de servicios a no asociados… los excedentes originados con no asociados no son distribuidos entre los cooperativistas y según Ley de Cooperativas se deben destinar a una reserva especial. Por lo tanto, es ajustado concluir que la gran mayoría de la actividad y resultados excedentes de la Cooperativa de Trabajos Portuarios Limitada no retornaría en beneficio de los asociados, hecho que no se condice con el espíritu del tipo de organización en estudio”

El INAES precisó que, al momento de la inspección, “la entidad [Cooperativa de Trabajos Portuarios Ltda. San Martín] posee un total de 98
asociados, según lo informado en acta de fiscalización, los que se encuentran en bajo relación de dependencia al igual que los 667 no asociados, arrojando un total de 765 empleados, según lo informado en formulario 931 correspondiente [al] período de 2017, cuyas remuneraciones
abonadas alcanzarían los $45.251.747,11” (Ppales., Fs. 668). Lo que pone en evidencia la desproporción de empleados socios y no socios, así como el conflicto de la realidad con el mandamiento interno de valerse “…del trabajo personal de sus asociados…”, dirigido a limitar la fuerza laboral a la mano de obra constituida por el círculo de socios

En una de las escuchas telefonicas se expone como el Tesorero de la Cooperativa pedía inventaba servicios con proveedores «se destaca el diálogo telefónico transcripto y correctamente valorado en la resolución apelada, entre un integrante de la Cooperativa
-identificado como “Daniel Badía”- y un sujeto que le habría prestado servicios de traslado de pasajeros o remís –identificado como “N.N. Mauricio”-, del que se desprende con claridad que hablaban explícitamente de la confección de falsos comprobantes por viajes que no se habían
realizado. En lo medular, cabe poner de resalto que, al hablar de la facturación, “N.N. Mauricio” aparece haciendo preguntas y sugerencias “… ¿Y lo otro cómo lo manejamos? ¿Qué querés…? ¿Cómo lo hacemos?… ¿Qué querés hacer? Qué…
Decime así no metemos la pata y no tengas problemas…”, lo que su interlocutor de la Cooperativa directamente le indicó “No… por eso. Y meté cuatro o cinco viajes ahora y cuatro o cinco viajes en la factura que viene…”. Eso no pareció dejar tranquilo a “N.N. Mauricio”, quien repuso
“Pero… hey, PAPI. Escuchá. Tenés viajes tuyos de buscar repuestos, viajes de tu esposa, hay como dos o tres. Tenés como cuatro viajecitos tuyos. Yo para que vos no tengas problemas” y agregó “¿Me explico? Por eso… lo manejo con vos y… y si no… eh, escuchá… le metemos… qué sé yo… eh…consultores’… pero suponete que yo le meto un “consultores” más y a vos te llegan a preguntar y vos le vas a decir: ‘No, si yo lo mandé una sola vez’. Para no… mentí, mentí parejo…”, a todo lo cual la persona que hablaba por la Cooperativa le asintió, le dijo “… por eso. Y meté cuatro o cinco viajes ahora y cuatro o cinco viajes en la factura que viene…”, agregando que no había problema, al punto que, en el curso de la misma
conversación, siguieron buscando entre ambos la mejor manera de “meter viajes” inexistentes

Los camaristas entienden la habitualidad de la fraguar gastos con operaciones comerciales «La habitualidad con que se fraguaban
operaciones comerciales mediante comprobantes espurios, para la irregular sustracción de fondos pertenecientes la Cooperativa, con diversas finalidades, está ejemplificada por una conversación telefónica entre el presidente de la sociedad [Herme Juárez] y uno de sus gerentes [Daniel
Badía]. En ella, el primero le consultó al segundo si le habían dado algún recibo por el dinero aportado para una campaña política, a lo que Badía respondió diciendo -en lo que fueron sus partes del diálogo-, que “Si, 250.000 pesos le pagamos… Mandaron la factura… Con factura, sin
factura no pagamos nada… ¿Te acordás que yo te hice firmar? Que lo pasamos como que nos habían hecho un
trabajo de gigantografía para la cooperativa?…” En otras palabras, fingieron gastos por la adquisición de una gigantografía, con la finalidad de justificar la irregular salida de dinero de caja; en tanto que, la forma cómo se refieren al asunto, denota que estaban acostumbrados a
recurrir a esa argucia.  La actividad que motivó la erogación para la que se falsificó la factura, está expresamente prohibida a las
cooperativas por ley, dado que “no tienen como fin principal ni accesorio la propaganda de ideas políticas…”

Juárez se comunicaba con todos sus personas de confianza para dar ordenes de como mover los fondos «En esa línea, se agrega una conversación telefónica entre Herme Juárez y su hijo [Oscar Juárez], en la que este último le dice a su padre: “… Mirá ‘Papi’, que el miércoles a la noche tengo que estar en La Paz [se entiende de la Provincia de Entre Ríos], porque empezamos a sacar el jueves… así sacamos todo lo del campo… para la ‘isla’”; a lo que Herme repone “Yo te acompaño hijo”

Las hijas de Herme Juárez cobraban salarios superiores a los 250 mil pesos por mes y ostentan bienes por montos que no pueden justificar entendiendo la justicia que son producto del lavado de activos de dinero ilícito robado a los socios de la Cooperativa.

 

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