La decisión judicial surgió luego de que Ultrafibra presentara una acción de amparo ante los tribunales federales de Rosario, cuestionando la legalidad de una tasa del 7 % sobre la facturación bruta, impuesta por el municipio bajo el argumento del uso del espacio público. Según la empresa, este tributo resulta inconstitucional, ya que los servicios de telecomunicaciones están regulados por normativas nacionales, y por tanto exentos de gravámenes municipales discrecionales.
La clausura del local, que generó malestar entre los usuarios y preocupación entre trabajadores, fue revertida tras la medida cautelar dictada por la Justicia. En cumplimiento de esta orden, la Municipalidad se vio obligada a permitir nuevamente el funcionamiento de la oficina comercial de la firma en la ciudad.
En un comunicado público difundido este domingo, Ultrafibra celebró el fallo judicial y apuntó contra el intendente de Capitán Bermúdez, a quien acusó de “violar la Ley Nacional de Telecomunicaciones, la Ley Bases y la Constitución Nacional”. Además, definieron la tasa del 7 % como “totalmente inconstitucional” y señalaron que impacta negativamente sobre el precio final que pagan los usuarios.
“Es una tasa que perjudica a todos: alimenta las viejas prácticas de la política y afecta directamente al consumidor con aumentos innecesarios”, aseguraron desde la empresa.
Hasta el momento, no hubo declaraciones oficiales por parte de la Municipalidad de Capitán Bermúdez respecto de la resolución judicial ni sobre posibles cambios al esquema tributario vigente.

El caso podría escalar, ya que otros municipios han aplicado esquemas similares de cobro a empresas de telecomunicaciones. En ese marco, el pronunciamiento de la Justicia Federal podría marcar un antecedente clave para futuros reclamos de empresas del sector frente a tributos considerados distorsivos o de dudosa legalidad.