Un fallo emitido por el Juzgado Nacional del Trabajo N°32, a cargo de la jueza Viviana Dobarro, otorgó una medida cautelar solicitada por el Centro de Capitanes de Ultramar y Oficiales de la Marina Mercante que suspende parcialmente el polémico Decreto 340/2025. Este decreto, aprobado por el Poder Ejecutivo Nacional el pasado 20 de mayo, introducía reformas profundas en el régimen legal de la marina mercante nacional, modificando leyes clave como la 20.094, la 27.419, y el Decreto-Ley 19.492.
La decisión judicial tiene como eje central la suspensión de los artículos que, según la demanda, afectan de forma directa los derechos laborales individuales y colectivos de los trabajadores embarcados. La jueza Dobarro ordenó dejar sin efecto, de manera provisoria, los artículos 2, 3, 5 al 7, 9 al 11, 14, 25 al 27, y 33 al 36 del decreto; así como los artículos 7° al 10° de su anexo. Estas disposiciones modificaban aspectos esenciales sobre condiciones laborales, composición de tripulaciones, nacionalidad de trabajadores, mecanismos de contratación y funcionamiento del Registro Nacional de Buques.
El amparo fue presentado por el Centro de Capitanes de Ultramar con base en el artículo 43 de la Constitución Nacional, la ley 16.986 de amparo, y el artículo 47 de la Ley de Asociaciones Sindicales (23.551). En su resolución, la jueza remarcó que el decreto podría significar una alteración inconstitucional del régimen legal del trabajo marítimo y fluvial, afectando derechos protegidos por los artículos 14, 14 bis, 16, 17 y 75 incisos 10, 19 y 22 de la Constitución Nacional, además de tratados internacionales con jerarquía constitucional y convenios de la OIT, entre ellos el Convenio sobre el Trabajo Marítimo.
Entre los artículos suspendidos se destacan:
- Art. 2: Declara como “servicio esencial” a la navegación marítima y fluvial destinada al transporte comercial.
- Art. 3: Modifica el artículo 24 de la ley 25.877 sobre conflictos colectivos.
- Art. 5: Sustituye el art. 109 de la ley 20.094 sobre cuerpos del personal embarcado.
- Art. 6: Cambia el art. 142 de la misma ley, reduciendo la injerencia de los sindicatos en la contratación.
- Art. 7: Modifica el art. 143, alterando la proporción de tripulantes argentinos y extranjeros.
- Arts. 9 al 11, 14, 25 al 27, 33 al 36: Modifican o derogan múltiples artículos de los regímenes normativos aplicables al Registro de Buques, bandera y tripulación.
La magistrada fundamentó la admisibilidad de la medida en la verosimilitud del derecho alegado (“fumus bonis iuris”) y el peligro en la demora. Subrayó que el dictado del DNU 340 podría representar una invasión de facultades del Congreso y afectar convenios colectivos vigentes, generando un perjuicio irreversible a los trabajadores del sector, particularmente en lo referido al acceso al empleo, estabilidad laboral y representación sindical.

También destacó que, al momento de dictarse el decreto, el Congreso de la Nación se encontraba en período ordinario de sesiones, lo que debilita el argumento de necesidad y urgencia exigido por el artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional. La Corte Suprema, recordó la jueza, ha sostenido en fallos como “Verrocchi” y “Rizzo” que el uso de esta herramienta debe ser excepcional, sujeto a estrictas condiciones formales y materiales.
Además, la jueza señaló que la suspensión judicial no afecta el interés público ni implica un daño patrimonial para el Estado, sino que protege derechos constitucionales y laborales de una población considerada vulnerable según la Ley 26.854. El fallo se alinea también con la reciente sentencia de la Sala IV de la Cámara Nacional del Trabajo, que ya había suspendido los artículos 2 y 3 del mismo decreto en una causa iniciada por la Confederación General del Trabajo (CGT).
Con esta decisión, se amplía el freno judicial al Decreto 340, que aún mantiene en vigencia los artículos no alcanzados por la cautelar. La resolución refuerza el posicionamiento de los sectores sindicales y empresariales de la marina mercante, que cuestionan no sólo el contenido sino también la forma en que el Poder Ejecutivo intentó imponer una reforma estructural sin debate parlamentario ni consulta sectorial previa.
El conflicto judicial y político en torno al Decreto 340 suma así un nuevo capítulo, con un mensaje claro de la Justicia: no es posible reformar sustancialmente el régimen de la marina mercante mediante decretos de necesidad y urgencia sin respetar los principios del sistema republicano y los derechos fundamentales del trabajo.