A sacar cuentas

Los nuevos topes para los monotributistas que rigen por ley a partir de hoy

Los nuevos topes para los monotributistas que rigen por ley a partir de hoy

El gobierno nacional promulgó la norma que el Congreso aprobó para los cambios en el pago de Impuestos a las Ganancias y generó cambios para cada categoría de los monotributistas
El gobierno nacional promulgó la norma que el Congreso aprobó para los cambios en el pago de Impuestos a las Ganancias y generó cambios para cada categoría de los monotributistas

Hoy se promulgó la ley que modifica los topes salariales para el pago del Impuesto a las Ganancias y con ello también se reforma los montos topes establecidos para cada categoría del  régimen de sostenimiento e inclusión fiscal para pequeños contribuyentes, o sea, el Monotributo.

La medida era largamente esperada por aquellos que se acogen a este sistema fiscal, pues el ritmo inflacionario los estaban dejando fuera de “competencia” obligando a muchos a pasarse a categorías superiores y/o dar un paso para convertirse en responsables inscriptos.

Con dicha promulgación, así queda conformados los topes de cada categoría:

-Categoría A: el monto facturado anual mínimo pasa de $208.000 a $282.445,08. En tanto, el monto mensual a abonar sube de $1.955,68 a $2.646,23 ya sea para los que se dediquen a los servicios como a la venta de bienes.

-Categoría B: en este caso, el monto asciende de $313.108,89 a $423.667,61. El monto mensual a abonar pasa de $2.186,80 a $2.958,96 para servicios y bienes.

-Categoría C: el tope pasa de $417.478,51 a $564.890,17. El monto mensual a abonar suben de $2.499,91 a $3.382,63 para servicios y de 2.457,65 a $3.325,45 para bienes.

-Categoría D: el monto pasa de $626.217,78 a $847.335,28. Mientras que las cuotas para servicios pasan de $3.988,56 a $3.894,72 para servicios y bienes.

-Categoría E: el monto facturado anual mínimo se eleva de $834.957 a $1.129.780,32 y las cuotas ascienden de $3.872,18 a $5.239,45 en servicios y de $3.482,04 a $ 4.711,55 en bienes

-Categoría F: el tope de facturación pasa de $1.043.696,27 a $1.412.225,42, mientras que las cuotas para servicios pasan de $4.634,89 a $6.271,47 en servicios y de $4.003,69 a $5.417,39 en bienes.

-Categoría G: el monto pasa de $1.252.435,53 a $1.694.670,52 y las cuotas ascienden de $5.406,02 a $7.314,89 en servicios y de $4.558,61 a $6.168,26 en bienes.

-Categoría H: el monto facturado anual mínimo pasa de $1.739.493,79 a $2.353.709,05. Mientras que el total a pagar aumenta de $9.451,93 a $12.789,41 en el rubro servicios y de $ 7.886,41 a $10.671,10 en bienes muebles.

-Categoría I: en este caso, que solo es para bienes, sube de $2.043.905,21 a $2.765.608,14 y las cuotas, de $11.336,71 a $15.339,70.

-Categoría J: el máximo pasa de $ 2.348.316,62 a $ 3.177.272,39 y la cuota mensual se incrementará de $ 13.019,83 a $ 17.615,83.

-Categoría K: se trata de la más alta de todas y también es para bienes. El tope de $2.609.240,69 asciende a $3.530.563,58, y la cuota mensual de $14.716,41 sube a $19.912,77.

Para los casos de monotributistas cuya facturación superó el límite más alto del régimen hasta un 25 por ciento, se contempla que puedan mantenerse en su actual condición durante el período fiscal 2021. Los que superaron ese monto se tendrán que pasar al régimen general y se establece una transición para que los contribuyentes puedan afrontar los pagos de Ganancias y de IVA.

De acuerdo al texto, podrán deducir, además, en el primer año el 50 por ciento del importe que le corresponde pagar de IVA, el 30 por ciento en el segundo y el 10 por ciento en el tercer año.