Trabajó por 9 años

Newell’s deberá pagarle 17.000.000 de pesos a un médico por un fallo judicial

Newell’s deberá pagarle 17.000.000 de pesos a un médico por un fallo judicial

El facultativo indicó que ingresó durante el último período de la gestión de Eduardo López al frente de la institución con el actual presidente, Ignacio Astore, al mando del área médica del club. Se desempeñaba con los juveniles
El facultativo indicó que ingresó durante el último período de la gestión de Eduardo López al frente de la institución con el actual presidente, Ignacio Astore, al mando del área médica del club. Se desempeñaba con los juveniles

Un fallo judicial condenó a Newell’s por una cifra millonaria que deberá abonarle a un médico deportólogo por haber trabajado en la institución con los futbolistas de las categorías juveniles. La suma asciende a 17.000.000 de pesos entre capital e intereses. Su ingreso fue durante la última gestión de Eduardo López con el actual presidente, Ignacio Astore, como encargado del departamento médico del club.

La tarea que realizaba era durante los días de entrenamiento y cuando había partidos, tanto de local como de visitante. Mientras que en 2009 cuando ganó Guillermo Lorente las elecciones, continuó con el vínculo laboral, siendo Gabriel Martínez Lotti quién estaba al mando del área médica. Y el demandante explicó que su trabajo fue “totalmente en negro” en el período comprendido entre los años 2007 y 2009, obligándolo a generar facturas por los servicios prestados.

En total estuvo 9 años y 4 meses en la entidad del Parque Independencia y según su declaración hubo un claro fraude a la legislación laboral. Desde Newell’s indicaron que “el profesional se encontraba matriculado en el colegio profesional respectivo, pagaba regular y personalmente la cuota mensual de dicho colegio que lo habilita para el ejercicio de su profesión liberal, se encontraba inscripto impositivamente como trabajador autónomo y pagaba regularmente sus impuestos como tal”.

Además que “no se encontraba inserto en la organización de la institución demandada, no estaba obligado a prestar servicios exclusivamente con el club, no tenía dependencia técnica ni recibía órdenes ni instrucciones para el desempeño de sus funciones, organizaba su trabajo con total libertad, se hacía cargo de los gastos que le insume el ejercicio de su profesión y asumía los riesgos económicos y profesionales del servicio profesional que les prestan a sus clientes”.

Por su parte, el juez en lo civil y comercial, Fabian Bellizia, ordenó el pago de vacaciones proporcionales, aguinaldo vacaciones proporcional, antigüedad, integración del mes de despido, días trabajados del mes, preaviso y su aguinaldo, junto a otros rubros vinculados al aumento de la indemnización. Cabe recordar que la sentencia no se encuentra firme.