La Provincia reglamentó los alcances del decreto de necesidad y urgencia (DNU) que anunció, horas atrás, el presidente Alberto Fernández como una medida preventiva para frenar” los alcances de la segunda ola de coronavirus que ya parece causar efectos en todo el país.
La medida, cuyos alcances comenzaron anoche y se prolongan hasta el 30 de abril, establece restricciones, limitaciones y prohibiciones en todo el territorio provincial.
Las actividades que quedan suspendidas, son:
-Actividades y reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para las personas convivientes y para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
-Actividades y reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de veinte (20) personas;
-La práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de diez (10) personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de dos (2) metros entre participantes; con la salvedad en el caso de las competencias oficiales, las que podrán desarrollarse siempre y cuando cuenten con protocolos aprobados por las autoridades sanitarias competentes.
– Discotecas, salones de fiestas y actividades de salas de juego en casinos y bingos
La norma también establece un máximo de público (30 por ciento) sobre las superficies cerradas en los establecimientos dedicados a las siguientes actividades:
-Eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos
-Cines, teatros, clubes, centros culturales y otros establecimientos afines
-Locales gastronómicos
-Gimnasios.
El resto de las actividades podrán seguir con su habitualidad, aunque ajustando sus horarios.
En cuanto a la circulación vehicular en la vía pública, sólo estarán autorizados aquellas personas cuyas labores sean definidas como esenciales, en el horario entre las 0 y las 6, todos los días de la semana.