El fallo busca dar respuesta al impacto constante de la inflación y garantizar que la prestación alimentaria no pierda valor con el paso del tiempo. Para ello, dispuso un sistema de actualización automática, que ajusta el monto de la cuota de acuerdo con la evolución del indicador oficial, evitando así la necesidad de reclamos judiciales reiterados.
La resolución no se limita al aporte mensual. También contempla la cobertura de obra social, el acceso a asignaciones familiares y el pago de un porcentaje de los gastos extraordinarios vinculados a educación, salud y actividades del menor, reforzando un esquema integral de protección.
Además, el juzgado ordenó que el pago sea retenido directamente del salario del progenitor obligado mediante su empleador, como mecanismo para asegurar el cumplimiento efectivo. En los casos en los que no exista una relación laboral formal, los depósitos deberán efectuarse en una cuenta judicial especialmente habilitada.
Desde el ámbito jurídico destacaron que la medida representa un avance significativo en la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes, al incorporar criterios dinámicos y objetivos que acompañan la realidad económica. No se descarta que este precedente sea replicado en otros juzgados de la provincia, abriendo el camino a un nuevo estándar en materia de cuotas alimentarias.







