Superfiscales: Senado aprueba poderes extraordinarios para detener ola delictiva

De un extremo a otro. Los hombres de la justicia podrán ordenar allanamientos por mensajes de voz y mantener preso a alguien por cuatro días sin notificar al juez


La Cámara de Senadores dio ayer media sanción a la ley que otorgará súper poderes a los fiscales y que los habilitarán a allanar domicilios autorizados sólo por mensaje de texto, disponer la detención de personas con «órdenes verbales» y mantenerlas presas hasta cuatro días sin notificar al juez, y preservar el legajo de pruebas en secreto hasta 20 días para impedir el acceso a la defensa, entre otras.

El operador de la reforma fue el senador de la UCR Lisandro Enrico, que impuso un nuevo sentido en las “normas de actuación» de los fiscales, que hoy están obligados a actuar conforme al «principio de objetividad», las leyes y la Constitución. El legislador propone que el «primer deber» – sea «el resguardo de la acción punitiva» del Estado y dio un ejemplo: «si el fiscal tiene dudas si se trata de un robo o una tentativa, debe acusar por el robo y si hay dudas si es agravado o simple, tiene que imputar la pena más alta».

Ya la semana pasada el Senado aprobó la creación de 40 cargos de fiscales en la provincia. Ayer, avanzó con la ley de súper poderes y convirtió en ley el decomiso de bienes ilícitos que Diputados había aprobado el jueves y salió en tiempo récord.

Enrico admitió que la carta blanca a los fiscales será un semillero de planteos de inconstitucionalidad, pero aun así, los legisladores fueron para adelante. «Lo que debe quedar claro es que nuestra decisión es ésta», ratificó.

La reforma cambia más de 50 artículos del Código Procesal de la provincia y entre los más importantes están los allanamientos.

“Hoy se debe hacer entre las 8 y las 20, excepto que el fiscal pida que se hagan en otro horario y tiene que fundarlo», dijo Enrico. La reforma autoriza a que «el allanamiento se haga en cualquier hora» y que «el juez los autorice por mensaje de texto; los fiscales ya no tendrán que ir a buscar la orden firmada al Juzgado», celebró.

También generará debate las nuevas normativas vinculadas al proceso de detención. “Debe ser ordenada por escrito, pero la reforma admite que pueda ser en forma verbal. El fiscal tiene 24 horas para notificarla al juez con una prórroga de 24 horas. El tiempo es muy exiguo. Así que llevamos el plazo de detención a tres días, prorrogable por otro día más», dijo Enrico.

Esto significa que un fiscal puede tener secuestrada a una persona cuatro días sin que el juez se entere.

«Este es el mensaje claro que le queremos dar a los fiscales: tienen que actuar y para eso deberá interpretar las leyes de fondo a tono con ese mandato. Creemos que si hay dudas acercas de si fue un robo o una tentativa, que el fiscal acuse por el robo y no por una tentativa por el principio de objetividad. Si hay dudas sobre si fue un hurto simple o un robo agravado, el fiscal diga que fue agravado. Que haya un temperamento por parte de ellos para llevar adelante la acusación con mayor profundidad. Es lo que reclamamos», concluyó.

Fuente: Rosario12

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