DNU 340/25

Suspenden artículos clave solo para el Centro de Capitanes de Ultramar

Suspenden artículos clave solo para el Centro de Capitanes de Ultramar

El análisis del abogado Juan Ignacio Penco detalla el alcance de la medida cautelar dictada por la Justicia laboral, que no frena el régimen de excepción para la Marina Mercante.

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El análisis del abogado Juan Ignacio Penco detalla el alcance de la medida cautelar dictada por la Justicia laboral, que no frena el régimen de excepción para la Marina Mercante.

El Juzgado Nacional del Trabajo N.º 32 dictó una medida cautelar en la causa iniciada por el Centro de Capitanes de Ultramar y Oficiales de la Marina Mercante contra el Estado Nacional, suspendiendo la aplicación de diversos artículos del DNU 340/2025. La resolución alcanza exclusivamente a los afiliados de esa asociación sindical, sin efectos para otros gremios ni para las dotaciones fluviales.

Según explica el abogado Juan Ignacio Penco, autor del análisis técnico, el fallo suspende los artículos 2, 3, 5 al 7, 9 al 11, 14 y 25 al 27 del decreto, aunque no afecta el artículo 1, que establece el “Régimen de Excepción para la Marina Mercante Nacional”, norma que sigue vigente en su totalidad.

Efectos limitados, pero con impacto
El análisis jurídico subraya que la cautelar tiene efecto limitado: no implica la caída del DNU, ni impide que los buques de bandera argentina opten por el cese provisorio de bandera para operar bajo otros registros, mecanismo habilitado por el artículo 1, aún vigente. Esta posibilidad, afirma Penco, permite una baja significativa de costos operativos, en especial para contratos futuros.

Dotaciones y contratación
Aunque la medida suspende artículos vinculados a la composición de tripulaciones y contratación de personal embarcado, la facultad de fijar dotaciones de explotación permanece vigente en el marco del Decreto 817/92, por lo cual no se genera un vacío legal.

“El fallo solo aplica al Centro de Capitanes y sus afiliados. No alcanza a otras dotaciones ni al conjunto de la marina mercante. Por eso, sigue vigente gran parte del andamiaje normativo del DNU 340, lo que abre espacio para revisar convenios colectivos y avanzar en esquemas de eficiencia”, sostiene Juan Ignacio Penco, del estudio Blas de Lezo Abogados.