No a la clandestinidad

Traferri impulsa fuertes multas y sanciones para los colectivos “truchos”

El proyecto está dirigido contra el transporte ilegal de pasajeros y está en manos de los senadores provinciales. Incluye colectivos, remises, trafics y transporte escolar, entre otros


El senador sanlorencino Armando Traferri presentó un proyecto que modifica el artículo 103 del Código de Faltas de Tránsito de Santa Fe, con el fin de incrementar el monto de multas para el transporte ilegal de pasajeros.

Para ello, se prevé una serie de sanciones económicas que inician desde los 30 U.F. (Unidad Fija, las cuales equivale al menor precio de venta al público de un litro de nafta especial) hasta los cinco mil U.F; y también la inhabilitación para quienes incumplan con alguna de las normativas que establece el texto.

“El transporte ilegal de pasajeros es muchas veces utilizado por desconocimiento o desinformación de los usuarios, ya se desconoce que no han cumplido con los requisitos vigentes”, indicó el legislador, pero reconoció que ese mismo desconocimiento no puede aplicarse para los dueños de las unidades y/o sus choferes.

“Vemos necesario que se posibiliten sanciones más severas para los casos en que se verifique el transporte ilegal de pasajeros. Este tipo de transporte se puede dar en taxis o remises ilegales, pero también puede prestarse en transportes de fantasía, plataformas electrónicas de transporte u otro tipo de vehículo”, detalló.

Los principales motivos de dichas sanciones son circular sin permiso, concesión, habilitación o inscripción del servicio, emanado de autoridad competente; prestar un servicio de transporte de pasajeros sin el permiso, autorización, concesión, habilitación o inscripción que la normativa aplicable requiera, sin perjuicio de la sanción pertinente; cuando el conductor de un servicio de transporte de pasajeros preste un servicio para el cual no está habilitado o en infracción al mismo; cuando los vehículos de transporte de pasajeros no cumplan con la Verificación Técnica correspondiente, el/la titular o responsable de un servicio de taxis, de transporte de escolares, remises, vehículos de fantasía o cualquier otro vehículo que transporte pasajeros que lo explote con vehículos que no cumplan con la Verificación y/o inspección técnica exigida por la normativa vigente; y cuando el/la titular o responsable de un servicio de taxis, transporte de escolares, remises, vehículos de fantasía o cualquier otro vehículo que transporte pasajeros, que brinde el servicio con vehículos que incumplan alguna de las normas que regulan los respectivos servicios.

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