La presentación se realizó el pasado miércoles miércoles 24 de agosto. Se trató de una acción de Amparo Colectivo ante el Juzgado Federal Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Nº 1, Secretaría Nº 2 de San Martín, en los términos del art. 43 de la Constitución Nacional (CN) y art. 52 de la Ley 24.240, en representación del Comercio, Industria, la Producción y el Turismo PYME contra el Poder Ejecutivo Nacional (Ministerio de Energía y Minería) y contra el Ente Nacional de Regulación del Gas (ENARGAS). Solicitando:
- a) Se declare la nulidad y, en su caso, invalidez constitucional, de las Resoluciones Nº 28/16, 31/16, 99/16 y 129/16 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación, ccts. Y Resolución Nº 3725/16, I/3843/16 del ENARGAS que imponen el esquema de incremento del servicio público del gas, y todo otro aumento dispuesto en los cuadros tarifarios;
- b) Que dicha nulidad en consonancia con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia sea extensible a los usuarios comerciales, industriales, de la producción y turismo de todo el país;
- c) Se ordene a las demandadas abstenerse de requerir el cobro de las facturas correspondientes al cuadro tarifario impugnado;
- d) Se disponga un nuevo esquema de precios y trifas para el servicio de suministro de Gas, con arreglo a la Constitución y a la legislación vigente, realizando el procedimiento previo de publicidad y consulta pública;
- e) Se restablezca el sistema tarifario anterior a las normas impugnadas hasta tanto el Estado Nacional fije precios y tarifas con arreglo a las normas constitucionales y legales;
- f) Para los usuarios que hubieran realizado el pago de las facturas con las tarifas fijadas por las normas impugnadas, se tome el excedente como pago a cuenta o bien se disponga su reintegro;
- g) Se ordene al Estado Nacional disponga el pertinente PROCEDIMIENTO DE AUDIENCIA PÚBLICA que INCLUYA A TODOS LOS SECTORES PRODUCTIVOS
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