Responsabilidad subsidiaria

Un tío paterno deberá pagar la cuota alimentaria de sus sobrinos

Un tío paterno deberá pagar la cuota alimentaria de sus sobrinos

Marcelo Escola, juez de familia.
El padre incumplió con su obligación y la Justicia ordenó que el hermano se haga cargo: Así lo determinó la Justicia, y la suma que debe pagar es superior a los $650 mil mensuales.

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El padre incumplió con su obligación y la Justicia ordenó que el hermano se haga cargo: Así lo determinó la Justicia, y la suma que debe pagar es superior a los $650 mil mensuales.

Un fallo inédito se dictó en los Tribunales de San Lorenzo, donde el juez de Familia Marcelo Escola resolvió que un tío paterno deba cubrir la cuota alimentaria de sus dos sobrinos, ante el incumplimiento del padre.

Según la sentencia, el hombre deberá abonar el 125% de la canasta de crianza para menores de entre 6 y 12 años, lo que equivale a $671.000 mensuales. Además, se le impuso el pago del 30% del aguinaldo, la asignación familiar, la obra social y los gastos extraordinarios que surjan.

El patrocinio letrado de la parte demandante estuvo a cargo del abogado Federico Godoy.

Con esta resolución, la Justicia refuerza el principio de que el derecho alimentario de niños y niñas es prioritario y puede extenderse a otros familiares directos cuando los progenitores no cumplen con su responsabilidad.

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