Responsabilidad ciudadana

Usar pirotecnia en San Lorenzo puede costar hasta casi $2 millones de multa

Usar pirotecnia en San Lorenzo puede costar hasta casi $2 millones de multa

Imagen ilustrativa.
Con la llegada de las celebraciones de fin de año, el uso de pirotecnia vuelve a estar en el centro de la escena. Aunque en gran parte del país rige su prohibición, cada año se registran infracciones cuando el reloj marca las 0 horas. En la ciudad de San Lorenzo, estas conductas implican sanciones económicas muy elevadas

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Con la llegada de las celebraciones de fin de año, el uso de pirotecnia vuelve a estar en el centro de la escena. Aunque en gran parte del país rige su prohibición, cada año se registran infracciones cuando el reloj marca las 0 horas. En la ciudad de San Lorenzo, estas conductas implican sanciones económicas muy elevadas

Según lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 3440, sancionada en julio de 2015 y actualmente vigente, el uso de pirotecnia constituye una infracción. Esta infringimiento puede derivar en multas que van desde los 192 mil pesos hasta casi los 2 millones de pesos, dependiendo de la reincidencia.

La normativa fija como sanción base 120 unidades fijas. Esto se toma como referencia el doble de la multa prevista para quienes conducen vehículos con exceso de velocidad. En caso de una segunda infracción dentro del plazo de un año, la multa se quintuplica. Además, si se trata de una tercera falta, el monto se multiplica por diez, alcanzando cifras cercanas a los dos millones de pesos.

Qué prohíbe la ordenanza
La ordenanza prohíbe expresamente la comercialización. También prohíbe la tenencia, uso, manipulación y depósito de todo tipo de elementos pirotécnicos. Entre ellos se incluyen cohetes, petardos, rompeportones, bombas de estruendo, cañas voladoras, fuegos de artificio, globos aerostáticos pirotécnicos y cualquier otro elemento similar que produzca combustión o explosión.

La prohibición también alcanza a actividades masivas en la vía pública. Esto incluye manifestaciones populares, deportivas, sindicales o políticas.

Asimismo, el artículo 1º de la norma establece que la Municipalidad de San Lorenzo se abstendrá del uso de pirotecnia. Este uso está prohibido, excepto en actos o espectáculos especiales organizados o auspiciados por el propio municipio. Estos eventos deben ser absolutamente justificados y de manera breve y acotada.

Desde el municipio recuerdan que la normativa busca proteger la salud y el bienestar de personas con sensibilidad auditiva. También protege a niños, adultos mayores y animales. Además, apelan a la responsabilidad ciudadana durante las celebraciones.