Este viernes, la Justicia de San Lorenzo condenó a Carlos Bernabé Vera a la pena de 20 años de prisión efectiva por abusar sexualmente de una de sus hijas biológicas desde los 9 hasta los 18 años. La víctima quedó embarazada y tuvo un hijo que a su vez es su hermano, como consecuencia de los aberrantes hechos que el abusador perpetró en una precaria vivienda de Villa Margarita, en zona norte de Capitán Bermúdez.
La sentencia Carlos Vera contempla el máximo de la pena que establece la ley para este tipo de delitos contra la integridad sexual. Así lo ratificó el juez Eugenio Romanini en una breve fundamentación realizada durante el fallo. Los otros dos magistrados que llevaron adelante el juicio oral celebrado en Tribunales de San Lorenzo, siguieron la lectura de la resolución a través de plataforma virtual.
En el juicio, el fiscal Maximiliano Nicosia había solicitado 20 años de cárcel para Carlos Bernabé Vera. Según argumentó Romanini, el monto de la pena obedece “a la extensión del daño ocasionado” y consideró “fundamental el testimonio de Gimena, quien describió los abusos sufridos desde los 9 hasta los 18 años”.
“No hubo nada en su relato que torne imposible de materialización. Sus dichos fueron creíbles”, sostuvo Romanini. Y expuso que “Vera controlaba todo el entorno familiar” para cometer los aberrantes tormentos.
“La conducta desplegada por Vera le quitó su infancia y su adolescencia a la víctima”, manifestó el juez Romanini. Añadió que la víctima “tiene una charla pendiente con su hijo para contarle quién es su padre”.
En la cuantificación de la condena, destacó Romanini “la importancia de la perspectiva de género, que tiene que quedar plasmada en una resolución más allá de las palabras”. En ese sentido explicó que “la condena debe ser proporcionar a los daños causados”.
“La violencia es poder y genera sumisión, daño, dominación y sometimiento”, enumeró el juez Romanini en relación a la condena que recayó sobre otro padre biológico de Capitán Bermúdez que abusó sexualmente de su hija hasta dejarla embarazada.