La inminencia del tratamiento legislativo de un proyecto que busca tipificar los delitos ambientales encendió las alarmas en el sector productivo argentino. A partir de un informe parlamentario emitido por la Fundación Barbechando, se advirtió que la Cámara de Senadores de la Nación podría debatir en su próxima sesión la iniciativa que incorpora la figura del “ecocidio” al Código Penal, un proyecto que ya obtuvo dictamen favorable en las comisiones de Justicia y Asuntos Penales y de Ambiente y Desarrollo Sustentable.
La reacción gremial no tardó en manifestarse. A través de un documento institucional, Confederaciones Rurales Argentinas (CRA) expresó su “profunda preocupación” ante el avance de una norma que, según advierten los ruralistas, podría derivar en la criminalización arbitraria del trabajo agropecuario y catalogar a los productores como infractores penales bajo tipificaciones imprecisas.
Penas de prisión y un nuevo título en el Código Penal
El proyecto de ley, promovido principalmente por la senadora nacional Edith Terenzi (UCR – Chubut), propone incorporar al Código Penal un nuevo capítulo denominado “Delitos contra el ambiente”.
Dentro de este esquema, se define al ecocidio como “el daño irreversible, extenso, duradero o especialmente grave provocado sobre el ambiente en violación de la normativa vigente de protección ambiental”. Para quienes resulten señalados como responsables, el texto contempla escalas penales que van de 3 a 15 años de prisión efectiva, alcanzando hasta 25 años de cárcel en casos con agravantes.
Ambigüedad técnica y objeciones constitucionales
Desde CRA remarcaron que, si bien la protección ambiental representa un objetivo ineludible y un compromiso de la sociedad en su conjunto, dicho propósito no puede justificar la redacción de tipos penales abiertos o técnicamente deficientes.
Los dirigentes rurales señalaron que el proyecto introduce conceptos de alta indeterminación como “daño ambiental irreversible”, “equidad intergeneracional” o “afectación multiecosistémica”, carentes de parámetros objetivos que permitan delimitar con exactitud qué prácticas productivas constituyen delito y cuáles no. Según la entidad, esta falta de precisión vulnera el principio de legalidad consagrado en el artículo 18 de la Constitución Nacional, debilitando la previsibilidad jurídica frente al poder punitivo del Estado.
Leyes vigentes y el reclamo de rigor legislativo
En su pronunciamiento, la entidad agropecuaria recordó que el país ya cuenta con un entramado regulatorio consolidado a través de la Ley General del Ambiente, la Ley de Residuos Peligrosos y diversos marcos normativos provinciales que contemplan instancias de prevención, recomposición y sanción frente a eventuales daños.
Bajo esa línea, desde el ruralismo concluyeron que el verdadero desafío de la política pública consiste en garantizar el cumplimiento efectivo y coordinado de las normativas vigentes, en lugar de crear nuevas figuras penales difusas que puedan abrir la puerta a la discrecionalidad judicial, la incertidumbre en el campo y la proliferación de conflictos en los tribunales.








