Caso Vicentin

Justicia Penal deja en libertad de acción a Lorenzini para resolver Concurso de Vicentin

Por Bernardo Basombrío (*) especial para SL24

En otro acto de burda connivencia de parte de algunos sectores de la justicia penal, del abogado Feldman y su representado, Grassi, se sirvieron el pasado 31 de julio cuando el juez penal rosarino Hernán Postma libró orden judicial cautelar dirigida al juez concursal de Reconquista, Fabián Lorenzini para que se abstenga de continuar con el tratamiento, análisis y homologación del concurso preventivo de Vicentín. Lo hizo admitiendo petición en igual sentido de la parte querellante Commodities S.A., de Grassi, y a través del abogado Feldman.

Este letrado salió, oportunamente y en otro hecho, en defensa de Postma al evitar que este fuera destituido cuando enfrentó su Jury. Sugestiva lectura de “favor”, con el paso del tiempo, que pesa aquí en devolución con esta cara novedad de la que damos cuenta.

El juez Postma invadió la esfera de competencia del juez concursal, y desobedeció el cronograma colegiado de trabajo del Colegio de Jueces Penales de Primera Instancia de Rosario, pues no integra tal nómina designada por el protocolo vigente al tratamiento de la causa penal que ocupa a Vicentín.

Con la Resolución N°4 del 14 de marzo de 2022 se atribuyó la potestad que correspondía los jueces penales Román Lanzón, como magistrado referente, y a Nicolás Foppiani y Valeria Pedrana como jueces subrogantes.

Las ilegitimidades fueron puestas de manifiesto en un escrito presentado ante la Justicia el 4 de agosto último por la damnificada, con patrocinio letrado de los doctores Daniel Cuenca y Jorge Ilharrescondo, quienes interpusieron recursos de revocatoria con apelación en subsidio, respecto del irregular contenido de la orden judicial librada por el juez Postma.

Luego de requerir diligencias para obtener diversos informes internos atento a investigar los entretelones que llevaron al dictado de tan extraña orden judicial, el juez Román Lanzón intervino para corregir los defectos del proceso en curso ordenando la fijación de audiencia con participación de todos los interesados -imputados, denunciante, fiscalía, partes querellantes, etc.- que tuvo lugar en el Centro de Justicia Penal de Rosario este 16 de agosto, en horas de la mañana.

El Juez Lanzón mantuvo la decisión de su colega el juez Postma, para conservar el espíritu de cuerpo, haciendo saber que la cautelar del 20 de diciembre de 2020 se encuentra vigente. Ordenó librar oficio al juez Lorenzini, indicando que el colegio de jueces penales de Rosario no tiene injerencia alguna en el análisis ni en la homologación de la propuesta de acuerdo preventivo, ni en el concurso de Vicentin.

El juez Lanzón, indirectamente, le dio la razón a Vicentín sobre la competencia exclusiva del juzgado civil y comercial.

Vale saber que sobran fallos en que la Ley y la jurisprudencia dictan el sentido de la competencia de los fueros. Sin ir más lejos, recientemente se anticipó el Procurador de la Corte de Santa Fe, el Dr. Jorge Barraguirre, en su reciente fallo de recomendación dado al alto tribunal cuando se expidió sobre el pedido de Avocación solicitado por Commodities –quien incurrió en falta al presentarse sin los créditos correspondientes-.

Si bien puede haber una propuesta condicional que finalmente se apruebe, otra cosa radicalmente distinta es que la propuesta concordataria quede sometida a la última palabra de un juez no comercial en este caso penal ya que ello implicaría la pérdida de la autoridad judicial competente que es la del primero”.

Recientemente el Fiscal Miguel Moreno y los abogados litigantes Gustavo Feldman y Viviana Cosentino tuvieron un duro llamado de atención de parte del Juez Héctor Nuñez Cartelle, a la vez titular del Colegio de Jueces, debido a los excesos en que incurren con sus prácticas –en particular la pretendida remoción de los síndicos- al demorar la solución concursal y, fueron sancionados con el pago de las Costas.

En otra acción, el abogado Feldman tuvo un pedido a que se evalúe su conducta de parte del Tribunal de ética del Colegio de abogados para que se investiguen sus expresiones públicas, que insultan y agravian, en las redes sociales contra el juez de la causa Vicentín, el doctor Fabián Lorenzini.

Los dichos están en abierta infracción al Art. 8° de las Normas de Ética Profesional del Abogado sancionadas por el Colegio. Así las cosas, en el colmo de ese entramado de favores con Feldman en el centro, el pedido fue desestimado dado que el solicitante no es víctima. Claramente, la respuesta ofrecida sirvió a resguardar abierta y arbitrariamente la foja del letrado ante el escrito presentado de parte de quien escribe, dado que no fue la cuestión planteada.

Pues, va quedando en soledad el último de los cinco acreedores hostiles al concurso, Grassi, quien lo tenía trabado hace más de un año para la efectiva resolución de cobro a la holgada mayoría. Además de haber incurrido en reiterados actos contrarios a los principios jurídicos de buena fe –que lo ridiculizan-, los manotazos de ahogado se suceden, justamente, cuando la autoridad natural del Concurso que tiene a la aceitera se dispone a firmar la homologación.

Lorenzini ya proclamó la existencia de un acuerdo que alcanzó las mayorías; los síndicos valuaron los activos superando holgadamente el test de quiebra, procedimiento que no es cuestión aquí, pero que el magistrado no quiso ofrecer dudas de ninguna naturaleza en su proceder. Ahora le resta homologar y, paso a paso, ordenar medidas tendientes a que se levanten las cautelares que pesan sobre las acciones de la Compañía.

Vicentín, tras exhibir enorme paciencia dio una elegante estocada de puño a Grassi y a Feldman, esa que se da cuando es muy corto el medio de proporción, sin mover el cuerpo, con solo recoger y extender el brazo en la esgrima.

(*) El autor es periodista y escritor, autor del libro ¡Exprópiese! El caso Vicentín

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