El líder narco Brandon Bay y otros cuatro integrantes de la banda “Los Gorditos” afrontan pedidos de condenas de prisión perpetua por tres asesinatos en la zona norte de San Lorenzo, además de tentativas de homicidios y ataques armados contra viviendas, entre otros delitos relacionados a la venta de drogas al menudeo.
En Tribunales de San Lorenzo concluyó la audiencia preliminar que había comenzado el pasado 24 de octubre. El fiscal Aquiles Balbis presentó la acusación contra la asociación narcocriminal liderada por Brandon Bay. La jueza Griselda Strólogo llevó adelante la audiencia y admitió las pruebas ofrecidas por las partes para rendir en juicio, que se celebrará próximamente.
A la banda de Brandon Bay, quien cumple una condena anterior en la cárcel de Coronda, le atribuyen los asesinatos de Rodrigo Gigena, Gerardo “Pecho” Pérez y Brian “Runi” Sánchez, entre agosto de 2019 y mayo de 2020 en la ciudad de San Lorenzo.
Los fiscales Aquiles Balbis y Carlos Ortigoza le atribuyeron a Brandon Bay, Claudio Ríos, Fabián Sandoval, Nair Estrella y Maximiliano “Marrón” Deniz tomar parte del hecho de homicidio de Gerardo Pérez, perpetrado el 25 de mayo del 2020 a las 19 en calle Díaz Vélez al 4100, de San Lorenzo.
El 24 y 25 de mayo de 2020, Bay se comunicó desde la cárcel de Coronda a través de un teléfono provisto por su pareja Nair Estrella, con Sandoval y Ríos para planificar el hecho.
Posteriormente Brandon ordenó a Sandoval Ríos que se trasladen al barrio y disparen con el arma que entregó Deniz a “Primo” Ríos.
Aquella tarde Sandoval se llegó a la casa de Nair para recibir una moto YBR con la que se dirigió a buscar a Ríos y concluyeron en la vivienda de Díaz Vélez al 4100 de San Lorenzo. Allí Ríos le disparó en el tórax a Gerardo Pérez, causándole la muerte.
Una vez consumado el crimen, la esposa de Brandon Bay retribuyó económicamente a Sandoval y Ríos. Asimismo le atribuyeron a Sandoval haber portado un arma de fuego pistola calibre 9mm, con numeración suprimida y 10 cartuchos en su interior, la cual trasladaba a bordo de un Fiat Uno en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez.
El segundo hecho se les atribuyó a Brandon Bay, Ríos y Sandoval haber tomado parte del homicidio de Brian Sánchez y de la tentativa de homicidio a Carlos Sotelo.
El 28 de mayo de 2020, Sandoval se trasladó hacia Mitre y Perú con Ríos a bordo de una moto YBR 125 cc azul que conducía Sandoval, desde donde Ríos disparó en al menos 23 oportunidades hacia Brian Sánchez, ocasionándole el fallecimiento.
También le provocaron heridas a Sotelo en la tibia y el peroné derecho. Posteriormente fueron hacia una casa de Díaz Vélez al 4100, en donde Ríos disparó contra el frente de dicha vivienda al menos en 21 ocasiones.
El tercer hecho que se le atribuyó a Brandon Bay el 1° de mayo de 2020, a las 18.20 desde la celda de la cárcel de Coronda, utilizando su teléfono se comunicó con dos personas con la finalidad de que colaboren en la organización y consumación de un ataque bajo promesa de retribuirlos económicamente.
En misma fecha a las 18.50, éstos se trasladaron a una vivienda de calle Islas Malvinas al 3200, cuando a bordo de una moto dispararon en al menos siete oportunidades contra el frente del domicilio de dicha zona.
El cuarto hecho atribuido a Bay, Sandoval y Pablo “Macana” González el 18 de mayo de 2020 a las 13.50, el líder narcocriminal se comunicó vía telefónica desde la cárcel de Coronda con Sandoval y le dio órdenes de provocar la muerte de José Luis Romeo.
Ese día a las 17 en calle Costanera y Díaz Vélez, se hicieron presentes Sandoval con otro hombre a bordo de un Fiat Uno. La víctima fue interceptada, Sandoval bajó con un arma de fuego y persiguió a Romeo quien logró escaparse. Luego Sandoval y otro hombre pasaron por el domicilio de la víctima, a 100 metros de donde estaban y efectuaron al menos 6 disparos contra la vivienda con el objetivo de amedrentarlo.
El quinto hecho atribuido a Bay, Sandoval, González y Álvarez ocurrió el 18 de mayo de 2020 en Flammarion al 4900 de Rosario. Aquella tarde Bay desde su lugar de detención se comunicó con Álvarez para que entregue un arma de fuego a Sandoval y se dirijan a dicha zona para efectuar disparos y atentar contra la vida de las personas del lugar, proporcionándoles un vehículo y prometiendo la entrega de dinero a cambio del ataque.
Cerca de las 19.45, Sandoval y un tercero se dirigieron hacia la zona a bordo de un Fiat Uno rojo, al llegar comenzaron a efectuar disparos impactando dos de ellos en la espalda y cabeza de la mujer identificada como Daiana Ávalos, causándole lesiones y a quien tuvieron que trasladar al Hospital Roque Sáenz Peña
El sexto hecho se le atribuyó a Bay y Álvarez en fecha del 6 de agosto de 2019 en Clemente Albelo al 3600. En su rol de jefe de una organización dedicada a comercializar drogas en zona norte de San Lorenzo y Puerto San Martín ordenó darle muerte a una persona, como consecuencia de una disputa territorial.
Siguiendo las órdenes de Bay y Álvarez, se trasladó en un Ford Focus gris junto a otro hombre hasta la vivienda de Costanera sin número donde buscaron a una mujer y se dirigieron en el vehículo hasta Clemente Albelo al 3600.
Una vez en dicho lugar, Álvarez detuvo la marcha del Ford Focus mientras el otro hombre que lo acompañaba disparó con un arma de fuego en reiteradas oportunidades hacia la víctima Rodrigo Gigena, confundiéndolo con la persona que estaban buscando, provocándole una herida en el abdomen que le causó el fallecimiento.
El hecho se encuadra en una serie de actos violentos perpetrados por una organización dirigida por Bay para tomar el control de la venta de drogas. A estos fines adquirió una vivienda en calle Costanera sin número de San Lorenzo, que era utilizada regularmente por “Pera” Álvarez y al menos siete personas más, todo ello con la finalidad de planificar los ataques perpetrados en la jurisdicción, esconder armas de fuego y vehículos, y que también utilizaban para refugiarse tras la comisión de distintos ilícitos cometidos.
El séptimo hecho se le atribuyó a Bay, González, Franco Raúl “Capote” Torres, Estrella, Diego Bay, Álvarez, Ríos, Deniz, Sandoval, Santiago “Pino” Niz., Yamile E. y Florencia G. (prófugas) haber formado parte de una asociación ilícita que se dedicó a cometer delitos contra las personas, contra la vida, contra la propiedad y contra la administración pública, en la localidad de San Lorenzo y en el barrio Tiro Suizo de la ciudad de Rosario.
Esta organización procuró ocupar sectores de la ciudad de San Lorenzo y excluir de allí a otras bandas antagónicas. Para llevar a cabo ese objetivo los integrantes de la asociación cometieron diversos delitos, entre otros, la sustracción de vehículos, robos a viviendas, homicidios, lesiones, atentados contra las personas, amenazas y venta de drogas.
El octavo hecho, en fecha 10 de octubre de 2019 a las 17.30 en Costanera sin número de San Lorenzo, Bay y Sandoval se presentaron en el domicilio de las víctimas, e incendiaron la vivienda con el fin de amedrentar a las damnificadas, en relación a comercialización de drogas.
A Franco Joan Fernández, junto a Franco “Capote” Torres y Juan Manuel “Pera” Álvarez se le atribuyó lo ocurrido el 11 de febrero de 2020, por haberse hecho presente en un domicilio de Costanera al 1300, portando un arma de fuego tipo pistola calibre 9mm, para una vez allí efectuar disparos con fines intimidatorios, con el propósito de que sus habitantes abandonen ese lugar donde tienen residencia.
Así los disparos impactaron contra la pared de la casa, mientras que uno de ellos rozó a un morador. Fueron detenidos por personal de la Agencia de Investigación Criminal al momento de su huida cuando se subían a un Chevrolet Corsa, secuestrándosele una pistola calibre 9mm, con cargador colocado y 13 vainas servidas.
Calificaciones legales y pedidos de pena
Para Brandon Bay solicitó la pena de prisión perpetua por los delitos de:
– Por el crimen de Gerardo “Pecho” Pérez, homicidio agravado por uso de arma de fuego calificado por precio o promesa remunerada y concurso premeditado de dos o más personas, en carácter de instigador y como consumado.
– Por el crimen de Brian “Runi” Sánchez y el ataque a tiros contra Carlos Rodrigo Sotelo, homicidio agravado por arma de fuego calificado por precio o promesa remuneratoria y concurso premeditado de dos o más personas, en carácter de instigador y como consumado; en concurso real con homicidio agravado por arma de fuego calificado por precio o promesa remuneratoria y concurso premeditado de dos o más personas, en carácter de instigador y en grado de tentativa.
– Amenazas calificadas por uso de arma de fuego; en carácter de Instigador y como consumado.
– Por el ataque a tiros contra José Luis Romeo, homicidio agravado por uso de arma de fuego calificado por precio o promesa remuneratoria, en carácter de instigador y en grado de tentativa.
-Por el ataque a tiros contra Daiana Elizabeth Ávalos, homicidio agravado por uso de arma de fuego calificado por precio o promesa remunerada y concurso premeditado de dos o más personas, en carácter de Instigador en grado de tentativa.
-Por el asesinato de Rodrigo Gigena, homicidio agravado por uso de arma de fuego calificado por concurso premeditado de dos o más personas.
– Asociación ilícita, en carácter de organizador
Para Fabián Agustín Sandoval solicitó la pena de prisión perpetua por los delitos de:
– Por el crimen de Gerardo Pérez, homicidio agravado por arma de fuego calificado por precio o promesa remunerada y concurso premeditado de dos o más personas, en carácter de coautor y como consumado.
– Por el crimen de Brian Sánchez y el ataque a Carlos Sotelo, homicidio agravado por arma de fuego calificado por precio o promesa remuneratoria y concurso premeditado de dos o más personas, en carácter de coautor y como consumado; en concurso real con Homicidio agravado por arma de fuego calificado por precio o promesa remuneratoria y concurso premeditado de dos o más personas en carácter de coautor y en grado de tentativa.
– Por el ataque a José Luis Romeo, homicidio agravado por uso de arma de fuego, calificado por precio o promesa remuneratoria, en carácter de coautor y en grado de tentativa.
– Por el ataque a Elizabeth Ávalos, homicidio agravado por uso de arma de fuego calificado por precio o promesa remunerada y concurso premeditado de dos o más personas, en carácter de coautor en grado de tentativa.
– Asociación ilícita, en carácter de miembro.
– Amenazas coactivas agravadas e incendio, en concurso ideal, en carácter de coautor.
Para Claudio Gustavo “Primo” Ríos solicitó la pena de prisión perpetua por los delitos de:
– Por el crimen de Gerardo Pérez, homicidio agravado por arma de fuego calificado por precio o promesa remunerada y concurso premeditado de dos o más personas, en carácter de coautor y como consumado.
– Por el crimen de Brian Sánchez y el ataque a Carlos Sotelo, homicidio agravado por arma de fuego calificado por precio o promesa remuneratoria y concurso premeditado de dos o más personas, en carácter de coautor y como consumado; en concurso real con Homicidio agravado por arma de fuego calificado por precio o promesa remuneratoria y concurso premeditado de dos o más personas en carácter de coautor y en grado de tentativa.
– Por el ataque a Elizabeth Ávalos, homicidio agravado por uso de arma de fuego calificado por precio o promesa remunerada y concurso premeditado de dos o más personas, en carácter de coautor en grado de tentativa.
– Asociación ilícita, en carácter de miembro.
Para Nair Cintia Estrella, pareja de Brandon Bay, solicitó la pena de prisión perpetua por los delitos de:
– Por el crimen de Gerardo Pérez, homicidio agravado por arma de fuego calificado por precio o promesa remunerada y concurso premeditado de dos o más personas, en carácter de partícipe primaria y como consumado.
– Asociación ilícita en carácter de jefa.
Para Juan Manuel “Pera” Álvarez, solicitó la pena de prisión perpetua por los delitos de:
– Por el ataque a Elizabeth Ávalos, homicidio agravado por uso de arma de fuego calificado por precio o promesa remunerada y concurso premeditado de dos o más personas, en carácter de coautor en grado de tentativa.
– Por el crimen de Rodrigo Gigena, homicidio agravado por uso de arma de fuego calificado por concurso premeditado de dos o más personas; en carácter de coautor y como consumado.
– Asociación ilícita, en carácter de miembro.
– Amenazas coactivas agravadas e incendio, en concurso ideal, en carácter de coautor.
Para Franco Joan Fernández solicitó la pena de 6 años y 6 meses de prisión efectiva por los delitos de:
-Portación de arma de fuego de guerra, abuso de armas, amenazas calificadas agravadas y encubrimiento.